
Aprovechando que la ministra de Igualdad, Irene Montero, ha querido ponerse excesivamente puntillosa la hora de elaborar el anteproyecto de Ley de Garantía Integral de la Libertad Sexual, cometiendo a mi juicio un exceso de celo, hasta el punto de querer tipificar como actos punibles los piropos y los sucedáneos de estos con penas que no son precisamente baladí, debería, ya que está en ello –en castigar gestos cicateros que ofenden– observar las actitudes que tienen algunas féminas en sus puestos de trabajo y actuar en consecuencia. Por ejemplo, ¿quién no ha tenido alguna vez en su trabajo una compañera y ha observado que, a través de la seducción y el coqueteo con el jefe, esta conseguía sustanciosas prebendas? –léase los mejores horarios disponibles, ascensos inmerecidos o cualquier otro pus laboral que se creó «ad hoc» para ella. ¿No podría ser considerado este hecho como un «acoso sexual reiterado» y castigarse como tal, con una pena de tres meses a dos años de prisión, que es la que a mí me caería si intento ligarme de esa frívola e ímproba manera a mi jefa?